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Retiro por matrimonio

Es una ayuda que permite sacar 30 días de UMA de tu cuenta individual al casarte. Sobrevive de la ley anterior y hoy casi nadie la solicita, porque el monto es bajo y el trámite pide documentos que muchos ya no conservan. Es también el único retiro que no te descuenta semanas cotizadas.

Lectura de 2 minutos · Fuente: Ley del Seguro Social, artículo 165 · Verificado el 2026-08-07

Monto en 2026

$3,519.30

30 días de UMA × $117.31 de UMA diaria, vigente desde el 1 de febrero de 2026. Es el mismo monto para cualquier trabajador y cualquier AFORE.

No depende de tu salario ni de tu saldo. A diferencia del retiro por desempleo, acá no hay fórmula que calcular: el monto está fijado en UMA y cambia una vez al año, cada 1 de febrero, cuando el INEGI publica la nueva UMA.

La figura legal

Qué es exactamente

Se llama ayuda para gastos de matrimonio y está en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social. Es un retiro parcial de tu cuenta individual que se paga con cargo a los recursos que el gobierno federal aportó a tu cuenta (la cuota social), y por eso tiene una particularidad enorme frente al resto: no te descuenta semanas cotizadas.

Eso lo convierte en el único retiro del sistema que no tiene contrapartida. En el de desempleo cambias dinero por semanas, y esas semanas son las que después te habilitan la pensión. Acá no: pides, cobras y tu expediente sigue igual.

La otra cara es que es chico y es único. $3,519.30 no resuelven una boda, y no hay segunda oportunidad: se usa una vez en la vida, aunque haya un segundo matrimonio.

Requisitos

Cuatro condiciones, todas obligatorias

El sistema las verifica solo contra el IMSS. Si alguna no se cumple, el trámite se rechaza sin importar lo demás.

150 semanas cotizadas

Acumuladas antes de la fecha del matrimonio, no a la fecha del trámite.

Primer matrimonio

La ayuda se otorga una sola vez en la vida, aunque vuelvas a casarte.

Acta de matrimonio

Copia certificada del registro civil. Varias AFORES la piden de expedición reciente.

Las tres fechas que decide el IMSS (y la que no importa)

Casi todos los rechazos de este trámite son un error de fecha, no de papeles.

  1. 1 de julio de 1997

    Desde acá cuentan las semanas del seguro RCV. Lo anterior no suma.

  2. 150 semanas

    Unos tres años de trabajo formal cotizado ante el IMSS.

  3. El día de tu boda civil

    Es la foto que mira el IMSS. Si ese día no llegabas a 150, no calificas.

  4. El trámite: sin prisa

    No hay fecha límite para pedirlo. Puedes hacerlo años después.

La excepción, si al casarte ya no cotizabasLa boda tiene que haber ocurrido dentro de los 90 días hábiles siguientes a tu baja ante el IMSS.Pasado ese plazo se pierde el derecho, aunque tengas las semanas de sobra.

La fecha que decide todo es la de la boda, no la del trámite. Contar las semanas que tienes hoy es el error que más solicitudes tumba.
1

Tener al menos 150 semanas cotizadas a la fecha de la boda

Unos tres años de cotización, y con dos precisiones que tumban solicitudes. Primera: se cuentan al día del matrimonio civil, no al día del trámite. Segunda: son semanas del seguro de retiro, cesantía y vejez, es decir contadas a partir del 1 de julio de 1997; lo que cotizaste antes de esa fecha no suma para este retiro, aunque sí cuente para tu pensión. Consulta tus semanas gratis antes de ir, en semanas cotizadas.

2

Matrimonio civil celebrado a partir del 1 de julio de 1997

Es la fecha en que entró en vigor la ley actual. Las uniones libres y los matrimonios religiosos sin registro civil no aplican: lo que se presenta es el acta del registro civil.

3

No haber usado este derecho antes

Una vez en la vida. Si ya lo cobraste en un matrimonio anterior, no hay segunda.

4

Estar vigente ante el IMSS o casarte dentro del plazo posterior a tu baja

Si al casarte seguías cotizando, listo. Si ya no cotizabas, el matrimonio tiene que haber ocurrido dentro de los 90 días hábiles siguientes a tu baja ante el IMSS.

El monto equivale a 30 días de UMA, $3,519.30 en 2026, y se descuenta de tu cuenta individual. Se solicita en tu AFORE, que lo tramita contra el IMSS: el Instituto certifica que cumples y el depósito llega en un máximo de 5 días hábiles después.

Antes de iniciarlo, haz la otra cuenta: ese mismo dinero dejado donde está se multiplica. Con un rendimiento real del 4% anual, en treinta años $3,519.30 se convierten en unos $11,414 en pesos de hoy. Como este retiro no te cuesta semanas cotizadas, esa comparación es toda la decisión.

El expediente

Qué llevar

Detalle que suele frenar el trámite, documento por documento.

  • Acta de matrimonio civilCopia certificada. Varias AFORES piden que la expedición sea reciente (del último año). Se descarga en línea en la mayoría de los estados.
  • Identificación oficial vigenteINE, pasaporte o matrícula consular. El nombre tiene que coincidir letra por letra con el que tienes en el IMSS y en tu AFORE.
  • Estado de cuenta bancario con CLABEA tu nombre, normalmente con antigüedad no mayor a tres meses. El depósito nunca se hace en efectivo ni a la cuenta de tu pareja.
  • Expediente biométrico actualizadoHuellas, foto y firma en tu AFORE o en AforeMóvil. Es el requisito invisible: no te lo piden en la lista, pero sin él la solicitud no avanza.
  • CURP y NSSSi tus datos no coinciden entre el IMSS y tu AFORE, corrígelos antes: es la causa raíz de la mitad de los trámites atorados. Se revisa en compara tus datos.
  • Los dos formatos que te dan en la sucursalNo los llevas tú: la ficha de la CONSAR los lista como parte del trámite y los emite la AFORE. Son la Solicitud de Disposición de Recursos, que firmas, y la Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio. Pide copia de las dos: son el comprobante de que presentaste la solicitud y en qué fecha.

Paso a paso

Cómo se pide

El trámite es gratuito y lo haces tú. Ningún gestor puede acelerarlo: el cuello de botella es la certificación del IMSS, y eso no lo mueve nadie.

1

Junta los documentos y revisa tu biométrico

Si tu expediente biométrico está vencido, actualízalo primero. Hacerlo en la misma visita te ahorra un viaje.

2

Presenta la solicitud en tu AFORE

En sucursal con cita, o por los canales digitales de tu administradora si los tiene. En la página de tu AFORE explicamos su flujo particular.

3

El IMSS certifica que cumples

Cruza tu acta, tus semanas y el historial de retiros. Acá es donde se rechaza lo que se rechaza, casi siempre por semanas insuficientes a la fecha de la boda.

4

Cobras en un máximo de 5 días hábiles

El depósito llega a la CLABE que registraste. Pide el número de folio al presentar la solicitud y guárdalo: es con lo que reclamas el estatus si algo se traba.

Cara a cara

Matrimonio y desempleo: en qué se parecen y en qué no

Son los dos únicos retiros parciales de la ley. Conviene ver la diferencia de frente, porque la gente los confunde y toma la decisión equivocada.

Por matrimonioPor desempleo
Cuánto$3,519.30 fijos (30 días de UMA)Según tu salario y tu saldo: hasta el 11.5% de la subcuenta
Semanas cotizadasNo pierdes ningunaPierdes en proporción al monto retirado
Semanas exigidas150 a la fecha de la boda12 bimestres cotizados y 3-5 años de cuenta abierta
Cuántas vecesUna en la vidaUna cada 5 años
Plazo de pago5 días hábiles5 días hábiles
Se puede reintegrarNo hace falta: no perdiste nadaSí, y con eso recuperas las semanas
Sobre montos de este tamaño no suele haber retención de ISR, pero el monto que llega al banco lo determina tu AFORE. Pregunta el neto al presentar la solicitud, antes de firmar.

Los rechazos

Errores que hacen que te lo rechacen

  • Contar las semanas de hoy en vez de las del día de la boda. Es el rechazo más común y el más frustrante, porque el trabajador ya cumple el requisito cuando se entera.
  • Presentar acta de matrimonio religioso. Solo cuenta el registro civil.
  • Nombre que no coincide. Un apellido con guion, un acento, un "María" que en el IMSS quedó como "Ma.". Se corrige antes, no durante.
  • CLABE de la cuenta de tu pareja. Tiene que ser tuya.
  • Pagarle a un gestor. El trámite es gratis y el plazo lo marca el IMSS. Nadie lo adelanta.

Si tu solicitud lleva más del plazo sin respuesta o te la rechazaron sin explicación, pide la causa por escrito y presenta la queja: es gratuita y funciona. Cómo quejarte ante la CONDUSEF.

Por administradora

El trámite en tu AFORE

El monto y los requisitos son iguales en las diez. Lo que cambia es cómo se presenta la solicitud y cuánto tarda su ventanilla:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dan de retiro por matrimonio de la AFORE en 2026?

$3,519.30. Son 30 días de UMA, y la UMA diaria de 2026 es de $117.31 (vigente desde el 1 de febrero de 2026). El monto es el mismo para todos: no depende de tu salario, de tu saldo ni de tu AFORE. Sube cada febrero, cuando el INEGI actualiza la UMA.

¿Cuántas semanas cotizadas necesito para el retiro por matrimonio?

150 semanas cotizadas ante el IMSS, y se cuentan a la fecha de tu matrimonio civil, no a la fecha en que haces el trámite. Son unos tres años de cotización. Si el día que te casaste tenías menos, no calificas aunque hoy tengas muchas más. Además, la CONSAR precisa que son semanas contadas a partir del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor el seguro de retiro, cesantía y vejez: lo cotizado antes de esa fecha cuenta para tu pensión, pero no para este retiro.

¿El retiro por matrimonio me descuenta semanas cotizadas?

No, y es su gran diferencia con el retiro por desempleo. La CONSAR lo dice expresamente: este trámite no implica una reducción de tus semanas de cotización. Tu camino a la pensión queda igual que antes de pedirlo.

¿Puedo pedirlo si me casé hace años?

Sí. La ley no fija una fecha límite para solicitarlo después de la boda: lo que se verifica son los requisitos a la fecha del matrimonio (que haya sido civil, a partir del 1 de julio de 1997, y que ya tuvieras 150 semanas). Lo que sí caduca es el caso contrario: si al casarte ya no estabas cotizando, el matrimonio tiene que haber ocurrido dentro de los 90 días hábiles siguientes a tu baja.

¿Se puede pedir dos veces?

No. Es una sola vez en la vida, aunque te vuelvas a casar. El sistema lo verifica solo contra el registro del IMSS, así que no tiene sentido intentarlo.

Si los dos trabajamos y cotizamos, ¿cada uno puede pedir el suyo?

Sí. El derecho es de cada persona asegurada, no de la pareja. Si los dos cumplen los 150 semanas y ninguno lo usó antes, cada quien tramita el suyo y entre los dos reciben $7,038.60 en 2026.

¿Cuánto tarda en depositarse?

Un máximo de 5 días hábiles después de que el IMSS certifica que cumples los requisitos. La parte lenta no es el pago sino la certificación y el expediente: si tu biométrico está vencido o tu acta no es reciente, ahí se detiene. Los plazos de todos los retiros están en esta página.

¿Aplica si cotizo al ISSSTE?

No. La ayuda para gastos de matrimonio está en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social, que rige para las personas aseguradas del IMSS. La Ley del ISSSTE no contempla un retiro equivalente.

Mira qué pasa si lo dejas invertido

La calculadora muestra el efecto de cada peso que se queda en tu cuenta.

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Sitio informativo no oficial. No somos la CONSAR, el IMSS ni ninguna AFORE. Los trámites de tu cuenta individual se hacen únicamente en los portales oficiales: CONSAR, AforeWeb y el sitio de tu administradora. Verifica siempre la información antes de tu trámite. El retiro por matrimonio se solicita en tu AFORE. No lo tramitamos ni cobramos por él.