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¿Puedo retirar TODO mi dinero de la AFORE a los 65?

La respuesta honesta es "depende de tres cosas": tu régimen, tus semanas cotizadas y lo que resuelva el IMSS. Hay un caso en que sí te entregan el saldo completo y otro en que te entregan bastante menos de lo que crees. Responde cuatro preguntas y te decimos cuál es el tuyo.

Actualizado: 2026-08-07

Tu caso, en cuatro preguntas

Entre 18 y 110 años.

Son semanas, no años: 3.000 semanas ya son casi 58 años cotizando. Con 20 años de trabajo rondas las 1.040.

Es el saldo de tu cuenta AFORE en pesos, sin la subcuenta de vivienda.

Esto es una estimación, no una resolución oficial. El resultado es una estimación con fines informativos, calculada con los datos que capturaste y los parámetros vigentes que se indican en cada apartado. El monto definitivo lo determina tu AFORE y el IMSS con tu expediente real. Quien resuelve tu caso es el IMSS con tu expediente real: esto es el árbol de la ley aplicado a los datos que capturaste. No somos asesores financieros ni sustituimos una consulta con tu administradora.

Tres respuestas

Por qué la respuesta no es sí o no

"¿Puedo sacar todo mi dinero a los 65?" tiene tres respuestas distintas según dónde caigas, y las tres son correctas para alguien.

  • Sí, todo: si el IMSS te niega la pensión por no alcanzar las semanas. Con la negativa en la mano, la AFORE te entrega el saldo completo en una exhibición.
  • Solo una parte: si eres Ley 73 y te pensionas. Te entregan la subcuenta de Retiro y la vivienda no usada; el resto financia tu pensión mensual.
  • Casi nada en efectivo: si eres Ley 97 y te pensionas. Tu saldo se convierte en renta vitalicia o retiro programado, y solo se retira el excedente si tu pensión supera en más de 30% a la garantizada.

Dicho de otra forma: te entregan todo el dinero justo cuando no te alcanza para pensionarte. Suena injusto y es la lógica del sistema: el ahorro existe para pagar una pensión, y si no da para una pensión, se devuelve.

El mismo saldo, tres destinos distintos

Lo que te entregan no lo decide tu edad: lo deciden tu régimen y la resolución del IMSS.

  • NO te alcanzan las semanas

    Te entregan
    TODO el saldo, en una sola exhibición
    El costo
    Cierras la cuenta y renuncias a la pensión que ese dinero pagaba

    Todo el dinero, cero pensión

  • Te pensionas · LEY 73

    En efectivo
    Subcuenta de Retiro (SAR 92-97 y el 2%) más vivienda sin usar
    El resto
    Cesantía y Vejez pasa al Gobierno Federal, que te paga la pensión

    Una parte hoy, pensión de por vida

  • Te pensionas · LEY 97

    En efectivo
    Solo el excedente sobre 30% de la pensión garantizada, si lo hay
    El resto
    Tu saldo compra renta vitalicia o retiro programado

    Casi nada en efectivo

En los tres casos necesitas primero la resolución del IMSS, de pensión o de negativa.Sin ese documento tu AFORE no puede entregarte nada, tengas la edad que tengas.

Las tres salidas posibles del mismo saldo. El régimen y la resolución del IMSS deciden todo: la edad solo abre la puerta.

El bifurcador

Ley 73 y Ley 97: lo que cambia el día del retiro

Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 conservas el derecho a elegir el régimen anterior. Es la decisión que más dinero mueve en todo el sistema.

Ley 73Ley 97
Quién esCotizaste por primera vez antes del 1 de julio de 1997Tu primera alta al IMSS fue después de esa fecha
Semanas para pensionarte500 semanas875 en 2026, subiendo 25 por año hasta 1000 en 2031
De dónde sale tu pensiónDel Gobierno Federal, calculada con tu salario promedio y tus semanasDe tu propio saldo, convertido en renta vitalicia o retiro programado
Qué te da la AFORE en efectivoSubcuenta de Retiro (SAR 92-97 y el 2% posterior) y vivienda sin créditoSolo el excedente sobre 30% de la pensión garantizada, si lo hay
Qué pasa con Cesantía y VejezSe transfiere al Gobierno Federal, que asume el pago de tu pensiónSe queda contigo: es lo que financia tu pensión
Si no alcanzas las semanasNegativa de pensión: retiras todo en una exhibiciónNegativa de pensión: retiras todo en una exhibición
Si no sabes de qué régimen eres, la referencia es tu primera alta ante el IMSS, no tu empleo actual. Aparece en tu constancia de semanas cotizadas. Lo desarrollamos en Ley 73 o Ley 97.

El descuento por edad

Retirarte a los 60 cuesta un cuarto de tu pensión

La cesantía en edad avanzada se puede pedir desde los 60, pero la pensión se reduce. Estos son los porcentajes de la Ley del Seguro Social de 1973 (art. 171):

Edad a la que te pensionas% de la pensiónQué significa
60 años (lo más pronto posible)75%Pierdes 25% para siempre: no se recupera después
61 años80%Pierdes 20% para siempre: no se recupera después
62 años85%Pierdes 15% para siempre: no se recupera después
63 años90%Pierdes 10% para siempre: no se recupera después
64 años95%Pierdes 5% para siempre: no se recupera después
65 años (pensión por vejez)100%Pensión completa

Ese porcentaje es vitalicio. Adelantar el retiro cinco años no es un descuento temporal: es cobrar el 75% durante el resto de tu vida. Antes de decidir, corre los dos escenarios en la calculadora de pensión.

El documento

La negativa de pensión, sin rodeos

Es el documento que más gente busca sin saber cómo se llama. Esto es lo que hace y lo que cuesta.

La negativa de pensión es una resolución del IMSS que declara que no reúnes los requisitos para pensionarte, casi siempre por semanas insuficientes. No es un castigo ni un error: es el papel que habilita a tu AFORE a entregarte el saldo completo en una sola exhibición.

Se pide en la Subdelegación del IMSS que te corresponde, con tu identificación, tu NSS y tu CURP. Es gratuita. Con la resolución en la mano vas a tu AFORE, firmas la solicitud de disposición de recursos y el plazo de pago es de 6 días hábiles.

El costo de tomarla: al retirar el saldo cierras la cuenta y renuncias a la pensión que ese dinero podía financiar. Si te faltan pocas semanas, casi siempre conviene completarlas antes: una pensión vitalicia, aunque sea la garantizada de $10,636.53 mensuales de la Ley 73, supera en pocos años a lo que te entregan de golpe.

El trámite

Cómo se hace el retiro total, paso a paso

  1. 1

    Consulta tus semanas cotizadas

    Gratis, en línea, con CURP y NSS. Es el dato que define todo el árbol y el que más gente tiene mal en la cabeza.

  2. 2

    Pide tu resolución en el IMSS

    De pensión si alcanzas las semanas, o de negativa si no. Es un trámite del IMSS, no de tu AFORE, y tiene sus propios tiempos.

  3. 3

    Actualiza tu expediente biométrico en la AFORE

    Huellas, foto y firma. Sin él la solicitud no avanza, y es el freno más común.

  4. 4

    Firma la solicitud de disposición de recursos

    Con la resolución, tu identificación vigente y un estado de cuenta bancario a tu nombre con CLABE. Ahí arranca el plazo de 6 días hábiles.

  5. 5

    Revisa el monto neto y guarda tu folio

    Pregunta cuánto se retiene de ISR antes de firmar. Y guarda el folio: es lo único que te sirve si el trámite se atora. Si se pasa el plazo, la queja ante la CONDUSEF es gratuita.

Las exclusiones

Lo que no entra en el retiro total

  • La subcuenta de vivienda. Es del Infonavit y se devuelve por su propio carril si no la usaste en un crédito. Aparece en el mismo estado de cuenta, pero no la retira la AFORE: cómo funciona.
  • Las aportaciones voluntarias, si las retiras antes. Tienen reglas fiscales propias y conviene planear el orden en que se sacan: ahorro voluntario.
  • El dinero de una cuenta inactiva que ya se transfirió al Fondo de Pensiones para el Bienestar (cuentas de 70+ sin movimiento). No se pierde, pero el trámite es otro: recuperarlo.

El impuesto

¿Cuánto te descuentan al cobrarlo?

Es la pregunta que más se hace y la que menos se responde, porque la respuesta incomoda: el retiro total no está exento de impuestos.

Hay una parte exenta y el excedente causa ISR, que tu AFORE retiene y entera al SAT antes de depositarte.

Lo que casi nadie explica es cómo se calcula esa parte exenta: no es un monto único, se determina por cada año de contribución a tu cuenta individual. Por eso dos personas que retiran exactamente el mismo saldo pueden recibir cantidades distintas: la que lleva más años cotizando tiene más exención. Con saldos grandes y pocos años de contribución la retención se nota muchísimo.

Qué hacer con esto, en concreto:

  • Pide el cálculo del monto neto antes de firmar la solicitud de disposición de recursos. Tu AFORE lo tiene, y en general no lo ofrece si no lo preguntas.
  • Guarda la constancia de retención que te entregan con el pago: es la que acredita el impuesto ya pagado en tu declaración anual.
  • No confundas la retención con una comisión. La AFORE no te cobra por entregarte tu dinero: el trámite es gratuito. Lo que falta es impuesto.

El caso olvidado

Tiene 65 años o más y nunca cobró su AFORE

Es el caso que más buscan los hijos, no los titulares, y tiene respuesta oficial: la CONSAR opera un programa específico, Retiro por Programa 65 y más, dirigido a pensionados y a personas de 65 años o más que nunca retiraron los recursos de su cuenta AFORE. Ese dinero no se pierde ni prescribe.

Está pensado sobre todo para quien cotizó al IMSS desde los años noventa y tiene saldos viejos olvidados: la subcuenta SAR 92, que se formó entre 1992 y 1997 y que muchas veces quedó repartida entre varios patrones y varias instituciones. Por eso el programa pide, además del NSS y la CURP, los comprobantes de aportación SAR 92 de cada patrón que se puedan reunir, y por eso existe un trámite aparte de unificación de recursos SAR 92 en el catálogo de la CONSAR.

El orden del trámite es este: primero se presenta una pre-solicitud, en línea en el portal oficial (AforeWeb, el que reemplazó a e-SAR) o por teléfono en el SARTEL; llega un número de referencia por correo y es la AFORE la que contacta al titular para continuar. Después se tramita la pensión o la negativa en la subdelegación del IMSS que corresponda, y recién con la resolución en la mano se cobra en la AFORE. No se salta ningún paso y ningún gestor lo acelera.

Si además la cuenta llevaba años sin movimiento y el titular pasó de los 70 años, es posible que los recursos ya se hayan transferido al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Tampoco ahí se pierden, pero el trámite es otro: cómo se recuperan.

Si el titular cotizó al ISSSTE, el trámite es otro. En el catálogo oficial de la CONSAR figura como Disposición de recursos total ISSSTE, separado del de IMSS, y admite acreditar el derecho con la concesión de pensión o, para quienes están en el régimen del Décimo Transitorio, con el acta de nacimiento que compruebe los 65 años. Todo lo demás de esta página (Ley 73 y Ley 97, negativa de pensión, la escalera de semanas) describe el régimen IMSS.

Preguntas frecuentes

¿A qué edad puedo retirar todo mi dinero de la AFORE?

A partir de los 60 años, pero solo si el IMSS te niega la pensión por no alcanzar las semanas. Con una negativa de pensión en la mano retiras el saldo completo de tu cuenta individual en una sola exhibición. Si en cambio sí te alcanzan las semanas, te pensionas, y entonces el dinero se convierte en pensión mensual: no se entrega todo junto.

¿Cuántas semanas necesito para pensionarme en 2026?

Si eres de Ley 73, 500 semanas. Si eres de Ley 97, 875 semanas en 2026, y el requisito sube 25 cada enero hasta llegar a 1000 en 2031. Es la escalera de la reforma de 2020: cada año que esperas, la meta se aleja un poco.

¿Qué es la negativa de pensión y me conviene pedirla?

Es la resolución en la que el IMSS declara que no reúnes los requisitos para pensionarte. Con ella, la AFORE te entrega todo tu saldo en una exhibición. Te conviene si estás lejos de las semanas y no vas a volver a cotizar. No te conviene si te faltan pocas: una pensión vitalicia suele valer mucho más, a lo largo de los años, que el saldo entregado de golpe.

Soy Ley 73, ¿me dan todo mi saldo al pensionarme?

No. Te dan en una exhibición la subcuenta de Retiro (el SAR 92-97 y el 2% de Retiro posterior) y la vivienda que no usaste en un crédito. El saldo de Cesantía y Vejez se transfiere al Gobierno Federal, que es quien te paga la pensión mensual de por vida. Es el punto que más sorprende a la gente el día del trámite.

¿Y si soy Ley 97 y ya me pensiono, puedo sacar algo en efectivo?

Solo el excedente. Si la pensión que puedes contratar supera en más de 30% a la pensión garantizada que te corresponde, el sobrante se puede retirar en una sola exhibición. Con saldos promedio eso casi nunca ocurre: la mayor parte del ahorro se va a pagar la pensión.

Me faltan semanas, ¿puedo seguir cotizando después de los 60?

Sí. La ley te deja elegir entre retirar el saldo en una exhibición o seguir cotizando hasta reunir las semanas. Sigue habiendo una alternativa aunque ya no tengas patrón: la continuación voluntaria ante el IMSS. Antes de decidir, mira cuántas semanas te faltan de verdad en tu conteo de semanas.

¿Cuánto tarda el retiro total?

6 días hábiles desde que firmas la solicitud de disposición de recursos, según el catálogo oficial de la CONSAR. Lo lento es conseguir antes la resolución del IMSS. Todos los plazos están en cuánto tarda el retiro.

¿El retiro total paga impuestos? ¿Cuánto descuentan?

Sí. Hay una parte exenta y el excedente causa ISR, que la AFORE retiene antes de depositarte. La exención no es un monto único: se calcula por cada año de contribución a tu cuenta, así que dos personas con el mismo saldo pueden recibir cantidades distintas. Con saldos grandes la retención se nota. Pide siempre el cálculo del monto neto antes de firmar: es un dato que la AFORE tiene y que no siempre ofrece si no lo preguntas.

¿Qué necesito para retirar mi AFORE si ya tengo 65 años?

Cuatro cosas: la resolución del IMSS (de pensión o de negativa de pensión), el expediente biométrico actualizado en tu AFORE, una identificación oficial vigente y un estado de cuenta bancario a tu nombre con CLABE. La edad sola no basta: sin la resolución del IMSS la AFORE no puede entregarte nada.

Mi papá tiene más de 65 y nunca cobró su AFORE, ¿ese dinero se pierde?

No, no prescribe. La CONSAR tiene un programa específico para este caso, el Retiro por Programa 65 y más, dirigido justamente a personas de 65 años o más que nunca retiraron los recursos de su cuenta, incluidos los saldos viejos de la subcuenta SAR 92. Se arranca localizando la cuenta en el SARTEL o en AforeWeb. Si la cuenta llevaba años inactiva, revisa también el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

¿Cuándo puedo retirar el 100% de mi AFORE?

Con una negativa de pensión del IMSS: no reúnes los requisitos y te devuelven todo tu saldo en una exhibición. Si te pensionas, no hay 100%: el saldo se usa para pagar tu pensión. Y si el titular fallece, el saldo lo cobran los beneficiarios, que es el único caso que no depende de la edad. Lo que no existe es un retiro total a solicitud: siempre hace falta una resolución del IMSS detrás.

Sitio informativo no oficial. No somos la CONSAR, el IMSS ni ninguna AFORE. Los trámites de tu cuenta individual se hacen únicamente en los portales oficiales: CONSAR, AforeWeb y el sitio de tu administradora. Verifica siempre la información antes de tu trámite. La resolución de pensión o de negativa la emite el IMSS y el pago lo hace tu AFORE. Nosotros no tramitamos ni resolvemos expedientes.